Mediante Decreto Presidencial No. 1240, el Presidente de la República Reformó el Reglamento de Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno en relación al Impuesto a la Renta para Microempresas.

Entre los aspectos más relevantes están:
  • Las Microempresas podrán descontar el impuesto a pagar, no solo las retenciones en la fuente del periodo, sino también los créditos tributarios de impuesto a la renta a los que se tiene derecho de acuerdo a la normativa.
  • Las empresas que no generaron utilidad en el año 2020, podrán cancelar su IR hasta el mes de noviembre 2021
  • El pago del IR 2021, correspondiente a las declaraciones semestrales de julio 2021 y enero 2022, podrán cancelarse hasta marzo del 2022.

Ver el Decreto No. 1240 a continuación: